Ordinarios
Negociación Colectiva; Extensión de Beneficios; Beneficios Históricos;
ORD. N°1219
12-abr-2021
Los denominados beneficios históricos requieren que, de forma previa a la suscripción del instrumento colectivo, sean otorgados de manera regular a los trabajadores, no quedando enmarcados en dicha calidad los beneficios que se han recibido a consecuencia de la extensión de beneficios. En dicho caso, estos beneficios no subsisten como parte de los contratos individuales una vez extinguidos el instrumento colectivo, debiendo estarse además a lo señalado en el presente informe.