dictamen 5298/122, 06.11.2017
Dictamen destacado
ORD. N°1219
Materias únicas: Negociación Colectiva
Fecha: 12-abr-2021
Los denominados beneficios históricos requieren que, de forma previa a la suscripción del instrumento colectivo, sean otorgados de manera regular a los trabajadores, no quedando enmarcados en dicha calidad los beneficios que se han recibido a consecuencia de la extensión de beneficios. En dicho caso, estos beneficios no subsisten como parte de los contratos individuales una vez extinguidos el instrumento colectivo, debiendo estarse además a lo señalado en el presente informe.
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