Ordinarios
Sistema de registro y control de asistencia digital;
ORD. N°633
25-sep-2024
A partir 09.05.2024, los requerimientos asociados con sistemas electrónicos de registro y control de asistencia deben ajustarse a las normas de la Resolución Exenta N°38 de 26.04.2024.
Departamento Jurídico
Unidad de Dictámenes
e Informes en Derecho
E126541 (1033) 2024
ORD. N°633
MAT.: Sistema electrónico de registro y control de asistencia.
RORD.: A partir 09.05.2024, los requerimientos asociados con sistemas electrónicos de registro y control de asistencia deben ajustarse a las normas de la Resolución Exenta N°38 de 26.04.2024.
ANTS.:
1) Instrucciones de 26.08.2024 de Jefe (S) de Unidad de Dictámenes e Informes en Derecho.
2) Presentación de 14.05.2024 de Sr. Alberto Schwartzmann Salas, en representación de Compañía de Ingeniería Nexsis Limitada.
SANTIAGO, 25.09.2024
DE:JEFA (S) DEPARTAMENTO JURÍDICO
A:SR. ALBERTO SCHWARTZMANN SALAS
COMPAÑÍA DE INGENIERÍA NEXSIS LIMITADA
AHUMADA N°236, OFICINA 901
SANTIAGO
aschwartzmann@nexsis.cl
Mediante la presentación del antecedente 2), usted ha solicitado un pronunciamiento de este Servicio, a fin de determinar si el sistema de registro y control de asistencia que presenta, y su respectivo proceso de verificación, se ajustan a las exigencias que sobre la materia establece el Dictamen N°2927/58 de 28.12.2021.
Ahora bien, a fin de validar el cumplimiento de las indicadas exigencias, ha acompañado informe de certificación de la empresa Pro Retail S.A., Rut N°96.947.770-K, firmado por el Sr. Luis Jofré Vallejos.
Precisado lo anterior, cabe indicar que su presentación fue ingresada a este Servicio con fecha 28.06.2024, no obstante, el 09.05.2024 fue publicada en el Diario Oficial la Resolución Exenta N°38 de 26.04.2024 a la cual, desde esa misma data, deben ajustarse los sistemas electrónicos de registro y control de la asistencia.
En conclusión, a la luz de la norma administrativa citada y consideraciones formuladas, cumplo con informar a usted que, a partir 09.05.2024, los requerimientos asociados con sistemas electrónicos de registro y control de asistencia deben ajustarse a las normas de la Resolución Exenta N°38 de 26.04.2024, por lo que se rechaza la solicitud.
Saluda atentamente a Ud.,
NATALIA POZO SANHUEZA
ABOGADA
JEFA (S) DEPARTAMENTO JURÍDICO
DIRECCIÓN DEL TRABAJO
GMS/RCG
Distribución:
Jurídico;
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Control;