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Ordinarios

Sistema de registro y control de asistencia digital;

ORD. N°464

24-jul-2024

El sistema de registro y control de asistencia denominado "Smartic ERP", presentado por la empresa Vigatec S.A., no se ajusta a todas las exigencias establecidas por el Dictamen N°2927/58 de 28.12.2021, por lo que no se autoriza su utilización en el contexto de la relación laboral.

sistema registro y control asistencia digital,

Departamento Jurídico

Unidad de Dictámenes

e Informes en Derecho

E63685 (737) 2024

ORD. N°464

MAT.: Sistema electrónico de registro y control de asistencia.

RORD.: El sistema de registro y control de asistencia denominado "Smartic ERP", presentado por la empresa Vigatec S.A., no se ajusta a todas las exigencias establecidas por el Dictamen N°2927/58 de 28.12.2021, por lo que no se autoriza su utilización en el contexto de la relación laboral.

ANTS.: 1) Instrucciones de 15.07.2024, de Jefe (S) de Unidad de Dictámenes e Informes en Derecho.

2) Presentación de 11.03.2024 de Sr. David Bortnick, en representación de la empresa Vigatec S.A.

SANTIAGO, 24.07.2024

DE:JEFA (S) DEPARTAMENTO JURÍDICO

A:SR. DAVID BORTNICK

EMPRESA VIGATEC S.A.

JOSÉ ANANÍAS N°441

MACÚL

fsalinas@vigatec.cl

Mediante presentación del antecedente 2), usted ha solicitado un pronunciamiento de este Servicio a fin de determinar si el sistema electrónico de registro y control de asistencia, denominado "Smartic ERP", y su respectivo proceso de verificación, se ajustan a las exigencias que sobre la materia establece el Dictamen N°2927/58 de 28.12.2021.

Ahora bien, precisado lo anterior, es del caso indicar que, a fin de validar el cumplimiento de las indicadas exigencias, la solicitante acompañó informe de certificación emitido por la empresa CiberLegal S.p.A., Rut, Nº77.180.832-8, suscrito por el Sr. Juan Pablo López Maluenda.

En tal contexto, es del caso señalar que, revisados los antecedentes acompañados con el objeto de determinar el cumplimiento de los requisitos que deben comprender los sistemas electrónicos de registro y control de asistencia y determinación de las horas de trabajo, se han formulado las siguientes observaciones:

1) Respecto del N°2.9.7, Reportes.

Observación: No se logran obtener reportes con información real.

En efecto, resulta esencial tener en consideración que la información a analizar durante el proceso de revisión de los sistemas debe corresponder a información real de jornadas y asistencia de los trabajadores.

A mayor abundamiento, debemos indicar que se intentó también modelar los reportes ofrecidos en el informe de certificación, para el análisis de los parámetros de búsqueda, sin embargo, una vez configurados y al intentar cargarlos, el sistema reiteradamente reenvía al menú de inicio impidiendo, de este modo, obtener cualquier reporte, ni siquiera los ofrecidos en la documentación acompañada.

2) Respecto del 2.9.7.1, Parámetros de búsqueda, letra f) Local, establecimiento, faena o lugar de prestación de servicios.

Observación: El sistema presenta como parámetro predeterminado "Walmart", no permitiendo seleccionar ningún local en particular con su dotación lo cual, a su vez, impide dar por acreditada la exigencia de que se trata.

En conclusión, analizada la información acompañada a la luz de la jurisprudencia administrativa invocada y consideraciones formuladas, cumplo con informar a usted que el sistema electrónico de registro y control de asistencia denominado "Smartic ERP", consultado por la empresa Vigatec S.A., no acreditó dar cumplimiento a todas las exigencias establecidas en el Dictamen N°2927/58 de 28.12.2021, por lo que no se autoriza su utilización en el marco de la relación laboral. Respecto del reingreso de la solicitud, es necesario tener presente que con fecha 09.05.2024 fue publicada en el Diario Oficial la Resolución Exenta N°38 de 26.04.2024 a la cual, desde esa misma data, deben ajustarse los sistemas electrónicos de registro y control de la asistencia.

Saluda atentamente a Ud.,

NATALIA POZO SANHUEZA

ABOGADA

JEFA (S) DEPARTAMENTO JURÍDICO

DIRECCIÓN DEL TRABAJO

GMS/RCG

Distribución:

Jurídico;

Partes;

Control;

sistema registro y control asistencia digital,

Catalogación

sistema registro y control asistencia digital,