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Ordinarios

Sistema de registro y control de asistencia digital;

ORD. N°453

22-jul-2024

El sistema de registro y control de asistencia denominado “Hcapital – RH4U”, no se ajusta a las exigencias técnicas que establece el Dictamen N°2927/58 de 28.12.2021, por lo que no se autoriza su utilización en el contexto de las relaciones laborales.

sistema registro y control asistencia digital,

Departamento Jurídico

Unidad de Dictámenes

e Informes en Derecho

E16595 (267) 2024

ORD. N°453

MAT.: Sistema de registro y control de asistencia electrónico.

RORD.: El sistema de registro y control de asistencia denominado "Hcapital - RH4U", no se ajusta a las exigencias técnicas que establece el Dictamen N°2927/58 de 28.12.2021, por lo que no se autoriza su utilización en el contexto de las relaciones laborales.

ANTS.: 1) Instrucciones de 27.06.2024 de Jefe (S) de Unidad de Dictámenes e Informes en Derecho.

2) Presentación de 17.01.2024 de Sr. Mario Galimidi Pino, en representación de las empresas Inversiones y Servicios S.A., Inversiones y Servicios Externaliza S.A. y HGV Human Technology S.p.A.

SANTIAGO, 22.07.2024

DE:JEFA (S) DEPARTAMENTO JURÍDICO

A:SR. MARIO GALIMIDI PINO

HGV HUMAN TECHNOLOGY S.P.A.

INVERSIONES Y SERVICIOS S.A.

INVERSIONES Y SERVICIOS EXTERNALIZA S.A.

HUÉRFANOS N°670, OFICINA 1202

SANTIAGO

agalimidi@hgvhuman.cl

Mediante la presentación del antecedente 2), usted ha solicitado un pronunciamiento de este Servicio, a fin de determinar si el sistema de registro y control de asistencia que presenta, denominado "Hcapital - RH 4U", y su respectivo proceso de verificación, se ajustan a las exigencias que sobre la materia establece el Dictamen N°2927/58 de 28.12.2021.

Ahora bien, a fin de validar el cumplimiento de las indicadas exigencias, la empresa señalada, acompañó informe de certificación de la empresa Tecinf Aplicada D3 S.p.A., Rut N°76.909.632-9, firmado por el Sr. Eduardo Durán Oliva.

En tal contexto, es del caso señalar que los antecedentes acompañados fueron sometidos al pertinente análisis técnico, a fin de verificar el cumplimiento de la normativa administrativa precitada.

Como resultado de dicho proceso, es dable informar a usted que se ha constatado que la documentación ofrecida hace referencia a las exigencias técnicas establecidas en los Dictámenes Nºs.1140/27 de 24.02.2016 y 5849/133 de 04.12.2017, los cuales ya no se encontraban vigentes a la fecha de presentación de la solicitud.

En conclusión, analizada la información acompañada a la luz de la jurisprudencia administrativa invocada y consideraciones formuladas, cumplo con informar a usted que el sistema de registro y control de asistencia denominado "Hcapital - RH 4U", presentado por la empresa HGV Human Technology S.p.A., no se ajusta a las exigencias técnicas que establece el Dictamen N°2927/58 de 28.12.2021, por lo que no se autoriza su utilización en el contexto de las relaciones laborales. Sin perjuicio de lo señalado, en cuanto al eventual reingreso de la solicitud, es necesario tener presente que con fecha 09.05.2024 fue publicada en el Diario Oficial la Resolución Exenta N°38 de 26.04.2024 a la cual, desde esa misma data, deben ajustarse los sistemas electrónicos de registro y control de la asistencia.

Saluda atentamente a Ud.,

NATALIA POZO SANHUEZA

ABOGADA

JEFA (S) DEPARTAMENTO JURÍDICO

DIRECCIÓN DEL TRABAJO

GMS/RCG

Distribución:

Jurídico;

Partes;

Control;

ORD. N°453
sistema registro y control asistencia digital,

Catalogación

sistema registro y control asistencia digital,