Contenido principal

Dictámenes y Normativa

Búsqueda simple
Ejemplo: 4919/115
Período

Ordinarios

Sistema de registro y control de asistencia digital;

ORD. N°1481

05-dic-2023

El sistema de registro y control de asistencia denominado “CAS”, presentado por la empresa Sogitech S.p.A., se ajusta a todas las exigencias establecidas por el Dictamen N°2927/58 de 28.12.2021, por lo que se autoriza su utilización en el contexto de la relación laboral.

sistema registro y control asistencia digital,

Departamento Jurídico

Unidad de Dictámenes e

Informes en Derecho

E219156 (2171) 2023

ORD. N°1481

MAT.: Sistema de registro y control de asistencia electrónico.

RORD.: El sistema de registro y control de asistencia denominado "CAS", presentado por la empresa Sogitech S.p.A., se ajusta a todas las exigencias establecidas por el Dictamen N°2927/58 de 28.12.2021, por lo que se autoriza su utilización en el contexto de la relación laboral.

ANTS: 1) Instrucciones de 24.11.2023, de Jefe (S) de Unidad de Dictámenes e Informes en Derecho.

2) Presentación de 30.08.2023 de Sr. Cristián García Correa, en representación de empresa Sogitech S.p.A.

SANTIAGO, 05.12.2023

DE:JEFA (S) DEPARTAMENTO JURÍDICO

A:SR.

CRISTIÁN GARCÍA CORREA

EMPRESA SOGITECH S.P.A.

AVENIDA DEL VALLE SUR N°577, OFICINA 504

HUECHURABA

jaromero@sogitech.cl

Mediante presentación del antecedente 2), usted ha solicitado un pronunciamiento de este Servicio, a fin de determinar si el sistema de registro y control de asistencia, denominado "CAS", perteneciente a la empresa Sogitech S.p.A., y su respectivo proceso de verificación, se ajusta a las exigencias que sobre la materia establecen el Dictamen N°2927/58 de 28.12.2021.

Ahora bien, precisado lo anterior, es del caso indicar que, a fin de validar el cumplimiento de las indicadas exigencias, la solicitante acompañó informe de certificación emitido por la empresa CiberLegal S.p.A., Rut, Nº77.180.832-8, suscrito por el Sr. Juan Pablo López Maluenda.

En tal contexto, es del caso señalar que, revisados los antecedentes acompañados con el objeto de determinar el cumplimiento de los requisitos que deben comprender los sistemas computacionales de control de asistencia y determinación de las horas de trabajo, se ha concluido que la plataforma consultada se ajusta a los aspectos técnicos contenidos en la jurisprudencia administrativa vigente.

En conclusión, analizada la información acompañada a la luz de la jurisprudencia administrativa invocada y consideraciones formuladas, cumplo con informar a usted, que el sistema de registro y control de asistencia denominado "CAS", presentado por la empresa Sogitech S.p.A., se ajusta a todas las exigencias establecidas por en el Dictamen N°2927/58 de 28.12.2021, por lo que se autoriza su utilización en el contexto de la relación laboral.

Saluda atentamente a Ud.,

NATALIA POZO SANHUEZA

ABOGADA

JEFA (S) DEPARTAMENTO JURÍDICO

DIRECCIÓN DEL TRABAJO

GMS/RCG

Distribución:

Jurídico;

Partes;

Control;

ORD. N°1481
sistema registro y control asistencia digital,

Catalogación

sistema registro y control asistencia digital,