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Ordinarios

Sistema de registro y control de asistencia digital;

ORD. N°583

27-ago-2024

El sistema electrónico de registro y control de asistencia denominado "ASISTAWEB", presentado por la Sociedad Comercial Elipse Ltda., se ajusta a todas las exigencias establecidas por el Dictamen N°2927/58 de 28.12.2021, por lo que se autoriza su utilización en el contexto de la relación laboral.

sistema registro y control asistencia digital,

Departamento Jurídico

Unidad de Dictámenes

e Informes en Derecho

E118850 (1023) 2024

ORD. N°583

MAT.: Sistema electrónico de registro y control de asistencia.

RORD.: El sistema electrónico de registro y control de asistencia denominado "ASISTAWEB", presentado por la Sociedad Comercial Elipse Ltda., se ajusta a todas las exigencias establecidas por el Dictamen N°2927/58 de 28.12.2021, por lo que se autoriza su utilización en el contexto de la relación laboral.

ANTS.: 1) Instrucciones de 26.08.2024, de Jefe (S) de Unidad de Dictámenes e Informes en Derecho.

2) Presentación de 07.05.2024 de Sr. Carlos Morales Román, en representación de la Sociedad Comercial Elipse Ltda.

SANTIAGO, 27.08.2024

DE:JEFA (S) DEPARTAMENTO JURÍDICO

A:SR.

CARLOS MORALES ROMÁN

SOCIEDAD COMERCIAL ELIPSE LTDA.

AVENIDA LOS CERRILLOS N°853

CERRILLOS

carlos.morales@elipse.cl

Mediante presentación del antecedente 2), usted ha solicitado un pronunciamiento de este Servicio a fin de determinar si el sistema electrónico de registro y control de asistencia que presenta, y su respectivo proceso de verificación, se ajustan a las exigencias que sobre la materia establece el Dictamen N°2927/58 de 28.12.2021.

Ahora bien, precisado lo anterior, es del caso indicar que, a fin de validar el cumplimiento de las indicadas exigencias, la solicitante acompañó informe de certificación emitido por la empresa CiberLegal S.p.A., Rut, Nº77.180.832-8, suscrito por el Sr. Juan Pablo López Maluenda.

En tal contexto, es del caso señalar que, revisados los antecedentes acompañados con el objeto de determinar el cumplimiento de los requisitos que deben comprender los sistemas electrónicos de registro y control de asistencia y determinación de las horas de trabajo, se ha concluido que la plataforma consultada se ajusta a los aspectos técnicos contenidos en el citado pronunciamiento.

En el mismo orden de ideas, y sin perjuicio de lo señalado en el párrafo que antecede, es necesario tener en consideración que el resuelvo 5° de la Resolución Exenta N°38 de 26.04.2024 de esta Dirección, que entró en vigencia con fecha 09.05.2024, prescribe que:

Las solicitudes de autorización presentadas en forma previa a la vigencia de esta resolución exenta seguirán el curso de su tramitación hasta su término conforme a la regulación existente al momento del inicio de su expediente, no obstante, en caso de aprobación, su vigencia será hasta el 26 de abril de 2025.

En conclusión, analizada la información acompañada a la luz de la jurisprudencia administrativa invocada y consideraciones formuladas, cumplo con informar a usted que el sistema de registro y control de asistencia denominado "ASISTAWEB", consultado por Sociedad Comercial Elipse Ltda., se ajusta a la normativa establecida en el Dictamen N°2927/58 de 28.12.2021 por lo que se autoriza su utilización en el marco de las relaciones laborales hasta el 26.04.2025.

Saluda atentamente a Ud.,

NATALIA POZO SANHUEZA

ABOGADA

JEFA (S) DEPARTAMENTO JURÍDICO

DIRECCIÓN DEL TRABAJO

GMS/RCG

Distribución:

Jurídico;

Partes;

Control;

ORD. N°583
sistema registro y control asistencia digital,

Catalogación

sistema registro y control asistencia digital,