Ordinarios
Sistema de registro y control de asistencia digital;
ORD. N°480
26-jul-2024
El sistema de registro y control de asistencia denominado "GOPS PEOPLE MOVING", consultado por la empresa AURINET Desarrollos Tecnológicos S.p.A., no se ajusta a todas las exigencias establecidas en el Dictamen N°2927/58 de 28.12.2021, por lo que no se autoriza su utilización en el marco de la relación laboral.
Departamento Jurídico
Unidad de Dictámenes
e Informes en Derecho
E61828 (591) 2024
ORD N°480
MAT.: Sistema de registro y control de asistencia digital.
RORD.: El sistema de registro y control de asistencia denominado "GOPS PEOPLE MOVING", consultado por la empresa AURINET Desarrollos Tecnológicos S.p.A., no se ajusta a todas las exigencias establecidas en el Dictamen N°2927/58 de 28.12.2021, por lo que no se autoriza su utilización en el marco de la relación laboral.
ANTS.: 1) Instrucciones de 08.07.2024 de Jefe (S) de Unidad de Dictámenes e Informes en Derecho.
2) Presentación de 07.03.2024 de Sr. Elizabeth Correa Pérez, en representación de empresa AURINET Desarrollos Tecnológicos S.p.A.
SANTIAGO, 26.07.2024
DE:JEFA (S) DEPARTAMENTO JURÍDICO
A:SR. ELIZABETH CORREA PÉREZ
EMPRESA AURINET DESARROLLOS TECNOLÓGICOS S.P.A.
ERNESTO ALVEAR N°366
PUENTE ALTO
ecorrea@aurinet.cl
Mediante la presentación del antecedente 2), usted ha solicitado un pronunciamiento de este Servicio, a fin de determinar si el sistema de registro y control de asistencia que presenta, denominado "GOPS PEOPLE MOVING", y su respectivo proceso de verificación, se ajustan a las exigencias que sobre la materia establece el Dictamen N°2927/58 de 28.12.2021.
Ahora bien, a fin de validar el cumplimiento de las indicadas exigencias, la empresa señalada, acompañó informe de certificación de la empresa Veltec Informática y Cía., Rut 76.201.051-8, firmado por el Sr. Marcial Navarro Salinas.
En tal contexto, es del caso señalar que los antecedentes acompañados fueron sometidos al pertinente análisis técnico, a fin de verificar el cumplimiento de la normativa administrativa precitada.
Como resultado de dicho proceso, es dable informar a usted que, habiéndose realizado intentos de conexión desde 3 navegadores diferentes, no se pudo acceder al enlace de fiscalización proporcionado en la documentación acompañada lo cual, evidentemente, impide verificar el cumplimiento de todas las exigencias asociadas al portal web.
En conclusión, analizada la información acompañada a la luz de la jurisprudencia administrativa invocada y consideraciones formuladas, cumplo con informar a usted que la información dispuesta para efectuar la revisión del sistema denominado "GOPS PEOPLE MOVING", consultado por la empresa AURINET Desarrollos Tecnológicos S.p.A., no se ajusta a todas las exigencias establecidas en el Dictamen N°2927/58 de 28.12.2021, por lo que no se autoriza su utilización en el marco de la relación laboral. Respecto del reingreso de la solicitud, es necesario tener presente que con fecha 09.05.2024 fue publicada en el Diario Oficial la Resolución Exenta N°38 de 26.04.2024 a la cual, desde esa misma data, deben ajustarse los sistemas electrónicos de registro y control de la asistencia.
Saluda atentamente a Ud.,
NATALIA POZO SANHUEZA
ABOGADA
JEFA (S) DEPARTAMENTO JURÍDICO
DIRECCIÓN DEL TRABAJO
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