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Dictámenes y Normativa

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Período

Ordinarios

Trabajadores de la Salud; Beneficio de descanso reparatorio; Ley N°21.530; Covid-19; Alcances;

ORD. N°1052

28-jul-2023

1.- Quedan excluidos del derecho a descanso reparatorio quienes se desempeñen en los establecimientos señalados por la Ley N°21.530 que tengan, de forma copulativa, facultades de representación del empleador y generales de administración y quienes hayan hecho uso efectivo del beneficio contenido en la Ley N°21.409. 2.- La obligación de pagar el descanso reparatorio otorgado por la Ley N°21.530 en el caso de término de la relación laboral resulta exigible en el plazo que se indica. 3.- En el caso de que exista continuidad de servicios respecto de diversos empleadores el pago del descanso reparatorio corresponderá al último empleador, salvo que ya se hubiere pagado con anterioridad.

trabajadores salud, beneficio descanso reparatorio, ley n°21.530, covid-19, alcances,
ORD. N°1052
trabajadores salud, beneficio descanso reparatorio, ley n°21.530, covid-19, alcances,

Catalogación

trabajadores salud, beneficio descanso reparatorio, ley n°21.530, covid-19, alcances,