Ordinarios
Sistema de registro y control de asistencia digital;
ORD. N°353
27-ene-2014
No existe inconveniente para que las empresas Monari y Compañía Limitada y Laboratorio Químico Clínica especializada Limitada; implementen el dispositivo de control de asistencia y determinación de las horas de trabajo que proponen. Ello, sin perjuicio de la observaciones que este Servicio, en uso de su facultad fiscalizadora, pueda efectuar en lo sucesivo mediante fiscalizaciones en terreno.
Referencias al Código del Trabajo
Párrafo 2º Horas Extraordinarias