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Dictámenes y Normativa

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Período

Ordinarios

Registro y control de asistencia; Horas Trabajadas; Sistema Digital;

ORD. N°4709

05-dic-2013

Los reportes semanales que deben contener la suma de las horas trabajadas de cada dependiente, en virtud de lo dispuesto en el artículo 20 del Reglamento N°969, de 1933, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, pueden ser emitidos, firmados y enviados de manera electrónica, en la medida que se cumpla con las condiciones indicadas en el presente informe.

registro y control asistencia, horas trabajadas, sistema digital,
ORD. N°4709
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Catalogación

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