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Ordinarios

Sistema especial de control de asistencia y determinación de las horas de trabajo;

ORD. N°3194

25-jun-2015

Atiende presentación de Sr. Mauricio Ramart Zavala, en representación de empresa Central de Restaurantes Aramark Multiservicios Ltda.

sistema especial control asistencia y determinación horas trabajo,

DEPARTAMENTO JURIDICO

K4941 (868) 2015

ORD.: N°3194

MAT.: Sistema especial de control de asistencia y determinación de las horas de trabajo;

RORD.: Atiende presentación de Sr. Mauricio Ramart Zavala, en representación de empresa Central de Restaurantes Aramark Multiservicios Ltda.

ANT.: 1) Instrucciones de 08.06.2015, de Jefe (S) Unidad de Dictámenes e Informes en Derecho.

2) Presentación de 17.04.2015, de Sr. Mauricio Ramart Zavala, en representación de empresa Central de Restaurantes Aramark Multiservicios Ltda.

SANTIAGO, 25.06.2015

DE : JEFE DEPARTAMENTO JURÍDICO

A : SR. MAURICIO RAMART ZAVALA

CENTRAL DE RESTAURANTES ARAMARK MULTISERVICIOS LTDA.

AVENIDA DEL CONDOR Nº760

HUECHURABA

Mediante su presentación del antecedente 2), solicita autorización de este Servicio para utilizar el sistema automatizado de control de asistencia y determinación de las horas de trabajo denominado "Victoria Box", para el personal que presta servicios en esa empresa.

Indica, que el sistema en examen fue aprobado por este Servicio mediante Ord. N°4064, de 17.10.2013, al estimar que se ajustaría a lo dispuesto en el dictamen N°696/27, de 24.01.1996, que fija requisitos y regula procedimiento para los sistemas de control de asistencia y determinación de las horas de trabajo.

Sobre el particular, cumplo con informar a Ud. que efectivamente, a través del citado informe este Servicio se pronunció acerca del sistema de control de asistencia y determinación de las horas de trabajo denominado "Victoria Box", indicando que el mismo se ajustaba a las exigencias establecidas en el Ord. Nº696/27, antes citado, concluyendo que el mismo constituía un sistema susceptible de ser homologado a aquellos dispuestos en el artículo 33 del Código del Trabajo.

Lo anterior, permite sostener que resultará válida la implementación del mencionado sistema en la medida que ella se efectúe bajo las mismas condiciones presentadas ante esta Dirección.

De esta forma, atendido lo señalado en la jurisprudencia administrativa invocada y norma legal, es posible concluir que no existe inconveniente para que la empresa Central de Restaurantes Aramark Multiservicios Ltda., implemente el dispositivo de control de asistencia y determinación de las horas de trabajo denominado "Victoria Box". Ello, sin perjuicio de las observaciones que este Servicio, en uso de su facultad fiscalizadora, pueda efectuar en lo sucesivo mediante fiscalizaciones en terreno.

Saluda a Ud.,

JOSÉ FRANCISCO CASTRO CASTRO

ABOGADO

JEFE DEPARTAMENTO JURÍDICO

DIRECCIÓN DEL TRABAJO

RGR/RCG

Distribución:

Jurídico

Partes

Control

ORD. N°3194

sistema especial control asistencia y determinación horas trabajo,

Catalogación

Referencias legales: codigo del trabajo, articulo 33
sistema especial control asistencia y determinación horas trabajo,