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Ejemplo: 4919/115
Período

Ordinarios

Niega lugar a reconsideración de Ordinario N°188 de 31.03.2025;

ORD.N°660

25-sep-2025

No resulta procedente reconsiderar el Ordinario N°188, de 31.03.2025, conforme al cual la jornada ordinaria máxima aplicable a los trabajadores choferes maquinistas que no viven en las dependencias de los cuarteles de bomberos, corresponde en la actualidad a 44 horas semanales por la aplicación de las reformas introducidas por la Ley N°21.561, que hacen aplicables a su respecto lo dispuesto en el inciso primero del artículo 22 del Código del Trabajo.

niega lugar a reconsideración de ordinario n°188 de 31.03.2025,
ORD.N°660
niega lugar a reconsideración de ordinario n°188 de 31.03.2025,

Catalogación

niega lugar a reconsideración de ordinario n°188 de 31.03.2025,