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Período

Ordinarios

Jornada de trabajo; Distribución semanal; Reducción de la jornada laboral; Ley N°21.561; Descanso dominical;

ORD.N°490

18-jul-2025

1) El régimen de jornada de trabajo con horarios rotativos, pactado por las partes mediante el contrato vigente, de acuerdo con lo previsto en el inciso primero de los artículos 22 y 22 bis del Código del Trabajo, esto es, una jornada ordinaria de 44 horas semanales, distribuida en base a un promedio semanal en un ciclo de tres semanas, sin incluir en ella los días domingo y festivos, se encuentra ajustado a la normativa legal vigente. 2) No corresponde realizar un ajuste en la jornada semanal respectiva en que incide un día festivo que corresponde a un día sábado si en aquel los trabajadores no realizan labor alguna como parte de su jornada ordinario, cuyo régimen de descanso semanal es aquel contemplado en los artículos 35 y 37 del Código del Trabajo, esto es, con descanso obligatorio los días domingo y festivos.

jornada de trabajo, distribución semanal, reducción de la jornada laboral, ley n°21.561, descanso dominical,
ORD.N°490
jornada de trabajo, distribución semanal, reducción de la jornada laboral, ley n°21.561, descanso dominical,

Catalogación

jornada de trabajo, distribución semanal, reducción de la jornada laboral, ley n°21.561, descanso dominical,