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Dictámenes y Normativa

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Período

Ordinarios

Cuerpo de Bomberos; Descanso Diario; Servicios Emergencia Interrupción descanso;

ORD. N°575

12-feb-2021

No procede legalmente que los trabajadores que se desempeñan como cuarteleros conductores de los Cuerpos de Bomberos, renuncien al descanso compensatorio en la jornada diaria siguiente acordando un pago, por la interrupción del descanso diario que consagra el inciso tercero del artículo 152 bis del Código del Trabajo, cuando el trabajador deba concurrir a un acto de servicio o emergencia relacionado con sus funciones.

cuerpo bomberos, descanso diario, servicios emergencia interrupción descanso,
ORD. N°575
cuerpo bomberos, descanso diario, servicios emergencia interrupción descanso,

Catalogación

cuerpo bomberos, descanso diario, servicios emergencia interrupción descanso,