Ordinarios
Competencia Dirección del Trabajo; Consulta Genérica; Establecimiento Particular Subvencionado;
ORD. N°267
29-abr-2024
Esta Dirección deberá abstenerse de emitir el pronunciamiento solicitado por tratarse de una consulta de carácter genérico, respecto de la cual no se ha aportado antecedente alguno.
Departamento Jurídico
Unidad de Dictámenes e
Informes en Derecho
E 127855 (812) 2022
ORD. N°:267
MAT.: Competencia Dirección del Trabajo. Consulta genérica.
RORD.: Esta Dirección deberá abstenerse de emitir el pronunciamiento solicitado por tratarse una consulta de carácter genérico, respecto de la cual no se ha aportado antecedente alguno.
ANTS.: Presentación de 14.06.2022, de doña María Larraín Parodi.
SANTIAGO, 29.04.2024
DE:JEFA DEPARTAMENTO JURÍDICO (S)
DIRECCIÓN DEL TRABAJO
A: SRA. MARÍA LARRAÍN PARODI
tlarrain@nocedal.cl
Mediante presentación del antecedente, usted consulta cómo se determina el valor hora que debe pagarse a un asistente de la educación, que realiza clases de reemplazo, en un establecimiento educacional particular subvencionado que ha ingresado a la carrera docente.
Sobre lo consultado, cumple anotar, que la solicitante no aporta antecedente alguno sobre la consulta formulada de modo que no corresponde que este Servicio emita un pronunciamiento al efecto, por cuanto la doctrina institucional, frente a situaciones similares, ha precisado, en los Ordinarios Nos5.160 de 19.10.2016 y 1.888 de 23.05.2019, entre otros, que no resulta jurídicamente procedente que esta Dirección se pronuncie, a priori o de modo genérico sobre materias determinadas sin contar con los antecedentes que permitan circunscribir el análisis a una situación particular.
En consecuencia, es posible informar, que esta Dirección deberá abstenerse de emitir el pronunciamiento solicitado por tratarse de una consulta de carácter genérico, respecto de la cual no se ha aportado antecedente alguno.
Saluda atentamente a Ud.,
NATALIA POZO SANHUEZA
ABOGADA
JEFA DEPARTAMENTO JURÍDICO (S)
DIRECCIÓN DEL TRABAJO
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