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Ordinarios

Caso genérico; Competencia; Dirección del Trabajo; Tribunales de Justicia;

ORD. N°1888

23-may-2019

Informa sobre la falta de supuestos necesarios para la emisión de un pronunciamiento en la materia que indica.

caso genérico, competencia, dirección trabajo, tribunales justicia,

Departamento Jurídico y Fiscalía

Unidad de Pronunciamientos,

Innovación y Estudios Laborales

E.11039(714)2019

ORD.: 1888

MAT.: Caso genérico; Competencia; Dirección del Trabajo; Tribunales de Justicia;

RORD.: Informa sobre la falta de supuestos necesarios para la emisión de un pronunciamiento en la materia que indica.

ANT.: 1) Instrucciones de 29.04.2019 de Jefa Unidad Pronunciamientos.

2) Presentación de 02.04.2019 de don Edmundo Rebellado A.

SANTIAGO, 23.05.2019

DE : JEFE DEPARTAMENTO JURÍDICO Y FISCAL

DIRECCIÓN DEL TRABAJO

A : SR.

EDMUNDO REBELLADO ALLENDES

Pasaje Los Pensamientos 404, Villa Navidad, comuna P.A.C.

Mediante presentación del Ant.2), se ha consultado si se estaría en presencia de una represalia laboral por parte del empleador si se diera un caso como el que expone de manera teórica.

Al respecto, corresponde informar que la citada presentación se limita a describir un caso meramente hipotético, lo que impide que este Servicio pueda pronunciarse al no haber hechos concretos, de los cuales puedan obtenerse circunstancias y sujetos reales que justifiquen un análisis jurídico.

A mayor abundamiento, tal como se sostuvo en Ord. N°1655 de 02.04.2018, cabe advertir que esta Dirección no puede pronunciarse sobre meras especulaciones, razón por la cual corresponde que, en el evento concreto de producirse situaciones que, en el ámbito del contrato de trabajo, Ud. estime contrarias a Derecho, solicite oportunamente la intervención fiscalizadora de este Servicio.

Por último, útil es tener presente que la trasgresión a la garantía de indemnidad que consagra el artículo 485, inciso 3°, del Código del Trabajo, sólo puede ser determinada y sancionada, en cada caso, por la Judicatura Laboral competente.

Saluda atentamente,

DAVID ODDÓ BEAS

ABOGADO

JEFE DEPARTAMENTO JURÍDICO Y FISCAL

DIRECCIÓN DEL TRABAJO

MBAC/CLCH

Distribución:

Dest

Jurídico

Partes

Control.

ORD. N°1888
caso genérico, competencia, dirección trabajo, tribunales justicia,

Catalogación

caso genérico, competencia, dirección trabajo, tribunales justicia,