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Ordinarios

Suspensión temporal contrato de trabajo; Término de Contrato; Indemización por años Servicio; Base Cálculo;

ORD. N°1290

26-abr-2021

1.- Los trabajadores que al vencimiento del pacto de suspensión temporal del contrato de trabajo suscrito en conformidad a la Ley N°21.227 fueren despedidos por las causales de término previstas en el artículo 161 del Código del Trabajo y cuyos contratos hubieren estado vigentes un año o más, tienen derecho a percibir indemnización por años de servicio en los términos señalados en el presente informe. 2.- La base de cálculo de dichas indemnizaciones, debe estar conformada por la última remuneración mensual percibida por dichos trabajadores con anterioridad a la suscripción de los pactos de suspensión temporal del contrato de trabajo a los que estuvieron afectos.

suspensión temporal contrato trabajo, término contrato, indemnización por años Servicio, base cálculo,
ORD. N°1290
suspensión temporal contrato trabajo, término contrato, indemnización por años Servicio, base cálculo,

Catalogación

suspensión temporal contrato trabajo, término contrato, indemnización por años Servicio, base cálculo,