Ordinarios
Aumento Cuota Sindical; Trabajador desafiliado; Artículo 323 Código del Trabajo;
ORD. N°1082
03-ago-2023
No resulta jurídicamente procedente aumentar el valor de la cuota ordinaria sindical que por aplicación del artículo 323 del Código del Trabajo debe pagar el socio desafiliado a su anterior sindicato durante toda la vigencia del instrumento colectivo al que esté afecto.