dictamen 3479/110 de 27.08.2003
Dictamen destacado
ORD. N°1082
Materias únicas: Aumento Cuota Sindical
Fecha: 03-ago-2023
No resulta jurídicamente procedente aumentar el valor de la cuota ordinaria sindical que por aplicación del artículo 323 del Código del Trabajo debe pagar el socio desafiliado a su anterior sindicato durante toda la vigencia del instrumento colectivo al que esté afecto.
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