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Período

Ordinarios

Sala cuna; Bono compensatorio; Petición Genérica;

ORD. Nº5241

07-nov-2019

La autorización para otorgar un bono compensatorio de sala cuna se efectúa caso a caso.

sala cuna, bono compensatorio, petición genérica,

Departamento Jurídico y Fiscalía

Unidad de Pronunciamientos, Innovación y Estudios Laborales

E38385(2130)2019

ORD. Nº5241

MAT.: Sala cuna; Bono compensatorio; Petición Genérica;

RORD.: La autorización para otorgar un bono compensatorio de sala cuna se efectúa caso a caso.

ANT.: 1) Revisión de 05.11.2019, de Jefe Departamento Jurídico y Fiscal.

2) Instrucciones de 07.10.19 de la Sra. Jefa de la Unidad de Pronunciamientos, Innovación y Estudios Laborales.

3) Presentación de 27.09.19 de don José Ignacio Bastías Varela por Vannuci Chile SpA.

SANTIAGO, 07.11.2019

DE:JEFE DEPARTAMENTO JURÍDICO Y FISCAL

DIRECCIÓN DEL TRABAJO

A: SR. JOSÉ IGNACIO BASTÍAS VARELA

VANNUCI CHILE SPA

jbastias@brconsultores.cl

EDUARDO MARQUINA N° 3937, OF. 510

VITACURA

Mediante presentación del antecedente 3), solicita Ud. un pronunciamiento a esta Dirección, en representación de la empresa Vanucci Chile SpA, referido a la procedencia de otorgar un bono compensatorio del beneficio de sala cuna respecto de tres trabajadoras, sin individualizarlas ni adjuntar documentación pertinente.

Al respecto, cumplo con informarle que esta Dirección ha otorgado, en casos específicos y excepcionales, autorización para conceder un bono compensatorio de sala cuna cuando la madre trabajadora de un menor de dos años debe prestar sus servicios en horario nocturno.

En la especie se solicita esta autorización de manera genérica, sin la debida individualización de las trabajadoras que se encontrarían afectadas y sin adjuntar la documentación que fundamenta su petición.

Teniendo presente lo antes expuesto, cumplo con informar a Ud. que no corresponde que este Servicio emita un pronunciamiento en los términos requeridos por cuanto para ello sería necesario efectuar un análisis de cada situación particular considerando los antecedentes verificados situación que no resulta posible tratándose de casos genéricos o hipotéticos, como ocurre con su presentación.

Lo anterior se encuentra acorde con la reiterada doctrina institucional contenida, entre otros, en Ordinarios N°1755, de 09.04.15 y N°3268, de 17.07.17, los que han precisado que no resulta jurídicamente procedente que esta Dirección se pronuncia a priori o de modo genérico.

Saluda atentamente a Ud.,

DAVID ODDÓ BEAS

ABOGADO

JEFE DEPARTAMENTO JURÍDICO Y FISCAL

DIRECCIÓN DEL TRABAJO

MBAC/MSGC/msgc

Distribución:

Jurídico

Partes

ORD. Nº5241
sala cuna, bono compensatorio, petición genérica,

Catalogación

sala cuna, bono compensatorio, petición genérica,