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Dictámenes y Normativa

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Período

Ordinarios

Jornada excepcional de trabajo; Descanso compensatorio; Días domingos y festivos; Pago de remuneración; Guardias de Seguridad;

ORD. N°3315

26-ago-2013

Los trabajadores que se desempeñan como guardias de seguridad, afectos al sistema excepcional de distribución de jornada laboral y descansos, autorizado mediante Resolución N°78 de 16.01.2012, de este Servicio, no les asiste el derecho previsto en el inciso 4° del artículo 38 del Código del Trabajo, esto es, que a lo menos, dos de los días de descanso compensatorio que les corresponda impetrar en cada mes calendario, recaigan en domingo.

jornada excepcional trabajo, descanso compensatorio, días domingos y festivos, pago remuneración, guardias seguridad,
ORD. N°3315
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Referencias al Código del Trabajo

Párrafo 4º Descanso semanal

Catalogación

jornada excepcional trabajo, descanso compensatorio, días domingos y festivos, pago remuneración, guardias seguridad,