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Dictámenes y Normativa

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Período

Dictamen destacado

ORD. N°3315

Materias únicas: Jornada Excepcional de trabajo y descanso
Fecha: 26-ago-2013

Los trabajadores que se desempeñan como guardias de seguridad, afectos al sistema excepcional de distribución de jornada laboral y descansos, autorizado mediante Resolución N°78 de 16.01.2012, de este Servicio, no les asiste el derecho previsto en el inciso 4° del artículo 38 del Código del Trabajo, esto es, que a lo menos, dos de los días de descanso compensatorio que les corresponda impetrar en cada mes calendario, recaigan en domingo.

Documentos relacionados dictamen 3189/175 de 02.06.1997 (1)

Dictámenes

ORD.: Nº3189/175

Fecha: 02/06/1997

Descanso compensatorio; Día domingo; Procedencia;