Ordinarios
Competencia Dirección del Trabajo; Tribunales Justicia;
ORD. N°185
18-ene-2021
La Dirección del Trabajo, debe abstenerse de emitir un pronunciamiento sobre una materia sobre la cual existe controversia entre las partes, correspondiendo el conocimiento y resolución de la misma al Juzgado de Letras del Trabajo competente.