Ordinarios
Estatuto de Salud; Corporación Municipal; Sistema de Atención Primaria de Salud; Contrato de Trabajo a honorario;
ORD. N°3210
16-ago-2013
En relación a la contratación de personal bajo la modalidad de honorarios es necesario señalar que este Servicio mediante dictamen N°5873/388, de 30.11.1998, ha determinado que ello resulta procedente, sólo si es para realizar labores accidentales que no sean las habituales de la entidad, pudiendo efectuarse la respectiva no solo para hacer este tipo de labores.