Ordinarios
Estatuto de Salud; Corporación Municipal; Funcionario Atención Primaria de Salud; Concurso público;
ORD. N°194
16-ene-2014
Esta Dirección no se encuentra facultada para obligar a la citada Corporación a convocar a concurso público de manera que el personal quede contratado bajo la figura del contrato indefinido, a menos que exista una ley especial que así lo ordene o se trate del cargo de Director de Establecimiento de Salud, única forma de solucionar el exceso de funcionarios con contrato a plazo fijo con que actualmente cuenta la Corporación Municipal por la que se consulta.