Ordinarios
Jornada de trabajo; Jornada Ordinaria semanal; Choferes; Vehículos carga terrestre interurbana;
ORD. N°1178
01-abr-2021
No resulta conforme a derecho que dentro de un mes calendario el empleador pacte con el trabajador que se desempeña como chofer de carga terrestre interurbana, alternadamente una jornada ordinaria semanal y una jornada de trabajo regulada por las disposiciones especiales contenidas en el artículo 25 bis del Código del Trabajo.