Ordinarios
Evaluación de desempeño; Derechos fundamentales; Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad;
ORD. N°1989
09-ago-2021
1. El empleador puede, en el ejercicio de sus facultades de organizar y dirigir su empresa, calificar y evaluar el desempeño de sus trabajadores, con la limitación del respeto de los derechos fundamentales de estos últimos. 2. El sistema de evaluación practicado por el empleador debe encontrarse incluido en el Reglamento Interno de Orden Higiene y Seguridad.
Referencias al Código del Trabajo
Título III DEL REGLAMENTO INTERNO
Título III DEL REGLAMENTO INTERNO
Capítulo I Del Reglamento Interno
Capítulo I Del Reglamento Interno