Junio
Dictamen destacado
ORD.: Nº3621/141
Materias únicas: elección complementaria - organizaciones sindicales - organización sindical - procedencia - provisión de vacantes
Fecha: 25-jun-1996
1) En el evento que realizada una votación para elegir directorio sindical no se lograra proveer la totalidad de los cargos necesarios para su funcionamiento de acuerdo al artículo 235 del Código del Trabajo, deberá procederse a una nueva elección. 2) Si los estatutos de una organización sindical contemplaren como mecanismo de provisión de vacantes una elección complementaria, no resulta aplicable lo dispuesto en el artículo 4º del artículo 237 del Código del Trabajo, en el evento que el director elegido mediante dicho procedimiento fuera posteriormente inhabilitado.
Documentos relacionados Junio (14)
Dictámenes
Fecha: 24/06/1996
Fuero sindical; Procedencia; Caducidad de personalidad jurídica;
Dictámenes
Fecha: 18/06/1996
Capacitación; vigilantes privados; Financiamiento; Dirección del trabajo; Competencia; Uniformes vigilantes privados;
Dictámenes
Fecha: 18/06/1996
Contrato individual; Multa; Falta de escrituración; Persona natural; Sentencia; Efectos relativos;
Dictámenes
Fecha: 16/06/1996
Negociación colectiva; Extensión de beneficios; Aporte sindical; Procedencia;
Dictámenes
Fecha: 14/06/1996
Asociaciones de funcionarios; Constitución; Procedencia;
Dictámenes
Fecha: 05/06/1996
Indemnización legal por años de servicio; Ley 19.410; Base cálculo;
Dictámenes
Fecha: 03/06/1996
Negociación colectiva; Instrumento colectivo; Interpretación;