Ordinarios
Finiquito; Plazo otorgamiento; Incumplimiento plazo;
ORD. N°1265
26-jul-2022
Comunicada al empleador la renuncia voluntaria y transcurrido el plazo de diez días hábiles contados desde la separación del trabajador, corresponderá al empleador otorgar el correspondiente finiquito y poner su pago a disposición del trabajador para su aceptación y recepción dentro del mismo plazo.