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Ordinarios

Documentación Laboral; Centralización electrónica;

ORD. N°6258

12-dic-2018

Atiende presentación de Sr. José Francisco Raveu Hubner, sobre utilización de documentación electrónica en las relaciones laborales.

documentación laboral, centralización electrónica,

DEPARTAMENTO JURIDICO

K7804 (1572) 2018

ORD.:6258

MAT.: Documentación Laboral; Centralización electrónica;

RORD.: Atiende presentación de Sr. José Francisco Raveu Hubner, sobre utilización de documentación electrónica en las relaciones laborales.

ANT.: 1) Instrucciones de 19.11.2018 de Jefa Unidad de Dictámenes e Informes en Derecho.

2) Comparecencia personal de 16.10.2018 de Sra. Carolina Vásquez Zárate.

3) Presentación de 06.07.2018, de Sr. José Francisco Raveu Hubner.

SANTIAGO, 12.12.2018

DE : JEFE DEPARTAMENTO JURÍDICO

A : SR. JOSÉ FRANCISCO RAVEU HUBNER

NUEVA TAJAMAR N°481 OFICINA 503 SUR

LAS CONDES

Mediante su presentación del antecedente 3), complementada a través de comparecencia personal de antecedente 2), solicita un pronunciamiento de este Servicio respecto de la posibilidad de reemplazar la documentación laboral en soporte físico, digitalizándola para mantener copias electrónicas de la misma.

Agrega que la consulta es extensiva para las empresas Viña Errázuriz S.A., Viña Seña S.A., Viña Caliterra S.A. y Viña Las Vertientes S.A.

Al respecto, cúmpleme informar a usted, en primer término, que la operación descrita por usted -digitalización de la documentación- no requiere autorización previa por parte de esta Dirección, por encontrarse dentro de la órbita de atribuciones propias de los empleadores.

Ahora bien, precisado lo anterior, es dable indicar que este Servicio se ha pronunciado en detalle respecto de la materia consultada, entre otros, en dictamen N°0155/004 de 11.01.2016, el cual contiene la doctrina institucional vigente sobre la materia, por lo que el proceso de reemplazo de la documentación que actualmente mantienen las empresas en soporte de papel, debe ajustarse a las condiciones allí señaladas.

Precisado lo anterior, cabe señalar que, si una vez que se haya concretado el proceso de digitalización, la empresa desea implementar una solución para la generación, firma y gestión de documentación laboral electrónica, ésta debe ajustarse a lo dispuesto en el dictamen N°0789/15, de 16.02.2015, el cual establece los requisitos de operación para dichas plataformas.

Es todo cuanto puedo informar a usted sobre la materia consultada.

Saluda a Ud.,

DAVID ODDÓ BEAS

ABOGADO

JEFE DEPARTAMENTO JURÍDICO

DIRECCION DEL TRABAJO

LBP/RCG

Distribución:

Jurídico

Partes

Control

ORD. N°6258
documentación laboral, centralización electrónica,

Catalogación

documentación laboral, centralización electrónica,