Solo las empresas que tengan razones fundadas para no contratar de manera directa personas con discapacidad y/o asignatarias de una pensión de invalidez pueden dar cumplimiento a la obligación de contratación de personas con discapacidad y/o o asignatarios(as) de una pensión de invalidez acogiéndose a una modalidad subsidiaria de cumplimiento. Para más detalles revise la guía rápida de usuario Comunicación electrónica (Razones fundadas)
Última modificación: 03/01/2025