dictamen 4814/44 de 31.10.2012
Dictamen destacado
ORD. N°1134
Materias únicas: Semana Corrida
Fecha: 14-ago-2023
1. La semana corrida es un derecho de sus trabajadores y, en cuanto tal, es irrenunciable conforme lo establece el inciso 2° del artículo 5° del Estatuto Laboral. 2. Es una infracción tanto a la normativa legal como constitucional el sistema de remuneraciones descrito por el empleador, en tanto afecta el principio de justa retribución de las remuneraciones que consagra el artículo 19 N°16 de la Constitución Política de la República, el establecer políticas remunerativas incorporadas en los contratos de trabajo en donde el trabajador renunciando en forma anticipada al principio de certeza, deja entregado en forma unilateral al arbitrio del empleador la determinación mensual de las metas o las condiciones de percepción de las remuneraciones variables. 3. El acuerdo descrito por el requirente infringe lo dispuesto en el artículo 54 bis del Código del Trabajo, que determina la incorporación al patrimonio del trabajador de las remuneraciones de manera pura y simple en el momento en que se efectúa la prestación del servicio convenido, y en consecuencia, el establecer el límite de $200.000 pesos como bono de productividad/cumplimiento a pesar de que el rendimiento del trabajador supere el 100% de la meta que el empleador fija mensualmente en forma unilateral, representa dejar de pagar la remuneración variable en comento en aquella parte en que el dependiente sobrepase el 100% del objetivo a cumplir mes a mes. 4. El bono de productividad/cumplimiento en análisis, no obstante, su pago mensual, se devenga por el trabajo diario que realizan los trabajadores de suerte tal que las operaciones o funciones desempeñadas durante el mes se ven afectadas desde el ámbito de la productividad por un día o más que el dependiente no pudo cumplir sus labores. En consecuencia, no cabe duda de que el señalado bono otorga el derecho al pago de la semana corrida de los trabajadores. 5. En el ámbito de las licencias médicas y el pago de la semana corrida, la doctrina de este Servicio concluyó en el Dictamen N°3763/173 de 27.06.1994 que el cálculo del beneficio de semana corrida deberá efectuarse considerando el monto diario que por concepto de subsidio hubiere percibido el trabajador, puesto que este reemplazó la remuneración que por dichos días le habría correspondido percibir. 6. En lo que respecta el feriado, el Dictamen N°3740/35 de 27.08.2012, de este Servicio, sostiene que la remuneración íntegra que debe pagarse a un trabajador durante el mismo, después de la modificación al artículo 71 del Código del Trabajo introducida por la Ley N°20.613, incluye el beneficio de semana corrida.
Documentos relacionados dictamen 4814/44 de 31.10.2012 (36)
Ordinarios
Fecha: 09/08/2023
Competencia Dirección del Trabajo; Interpretación Constitución Política de la República, artículo 147, inciso 2°;
Ordinarios
Fecha: 09/02/2023
Remuneraciones; Principio de Certeza; Protección de las remuneraciones;
Dictámenes
Fecha: 19/08/2022
Facultades Interpretativa Dirección del Trabajo; Alcance; Deniega reconsideración Ord. N°2172, 06.09.2021;
Dictámenes
Fecha: 04/08/2022
Documentos laborales Electrónicos; Fija alcance de Ley N°21.361, 27.07.2021;
Ordinarios
Fecha: 20/04/2022
Remuneración variable; Principio de Certeza; cumplimiento de metas;
Ordinarios
Fecha: 18/04/2022
Contrato de Trabajo; Teleoperadores; Comisiones; Anexos de Contrato de Trabajo;
Ordinarios
Fecha: 18/02/2022
Contrato individual de Trabajo; Remuneraciones; Anexo de Contrato de Trabajo;
Ordinarios
Fecha: 19/03/2021
Liquidación Remuneraciones; Anexos; Articulo 54 bis inciso tercero del Código del Trabajo;
Ordinarios
Fecha: 12/06/2019
Remuneración; Comisiones; Liquidación de remuneraciones; Anexo; Contenido; Plazo pago comisiones; Dirección del Trabajo; Competencia;
Ordinarios
Fecha: 29/11/2017
Remuneraciones; Período de pago; Pago mensual; Concepto de mes; Regla de conducta; Improcedencia de modificar unilateralmente el período de pago;
Ordinarios
Fecha: 14/11/2017
Contrato de trabajo; Legalidad de cláusula; Incumplimiento grave; Calificación; Principio de ajenidad; Juicio de imputabilidad;
Ordinarios
Fecha: 25/05/2017
Remuneraciones; Liquidación de remuneraciones; Anexo; Descripción de las operaciones;
Ordinarios
Fecha: 05/04/2017
Contrato de Trabajo; Estipulaciones mínimas; Sistema remuneracional; Modificación; Mutuo acuerdo;
Ordinarios
Fecha: 18/03/2016
Remuneraciones; Comisiones; Licencia médica; Obligación de pagar;
Ordinarios
Fecha: 09/11/2015
Remuneraciones; Comisiones; Períodos con feriado o licencia médica; Falta de stock; Incumplimiento de metas por causa inimputable al trabajador; Base de cálculo de comisiones;
Ordinarios
Fecha: 15/07/2015
Semana Corrida; Remuneración Variable; Base de Cálculo; Feriado;
Ordinarios
Fecha: 28/04/2015
Trabajador a trato; Jornada de trabajo; Remuneraciones; Períodos de inactividad laboral; Feriado legal; Base de cálculo; Horas extraordinarias; Procedencia;
Ordinarios
Fecha: 04/11/2014
Remuneraciones; Comprobantes de pago; Entrega electrónica; Anexo de liquidación de remuneraciones; Exigibilidad;
Ordinarios
Fecha: 14/07/2014
Comprobantes de pago de remuneraciones electrónico; Emisión y entrega electrónica;
Ordinarios
Fecha: 16/06/2014
Semana Corrida; Contrato de Trabajo, anexo; Asignaciones variables; Pago de beneficios;
Ordinarios
Fecha: 04/03/2014
Contrato de Trabajo; Remuneración; Pago incentivos por ventas; Comisión de ventas;
Dictámenes
Fecha: 18/04/2013
Remuneración; Comisiones; Liquidación de Remuneraciones; Anexo; Contenido; Liquidación de Remuneraciones; bonos; premios;
Ordinarios
Fecha: 24/01/2013
Remuneraciones; Remuneración variable; Base de Cálculo; Feriado; Sistema mixto de remuneración; Comisiones;
Dictámenes
Fecha: 05/11/2012
Estatuto de Salud Municipal: Permiso sin goce de remuneración. Efectos. Estatuto de Salud Municipal: Permiso sin goce de remuneración. Procedencia pago. Bono Zonas Extremas, Asignación de Merito, y Asignación de Desarrollo, y Estímulo al desempeño colectivo. Permiso sin goce de remuneración. Estatuto de Salud. Efectos. Bono Zonas Extremas: Ley 20.250. Asignación de Merito: Ley 19.378. Asignación de Desarrollo y Estímulo de Desempeño Colectivo: Ley 19.813
Dictámenes
Fecha: 31/10/2012
Remuneración: Comisiones. Cuando se devengan. Incorporación patrimonio trabajador. Improcedencia devolución, reintegro, compensación. Excepción: incumplimiento trabajador.Remuneración: Liquidación comisiones, bonos, premios y otros incentivos.Remuneraciones: Improcedencia devolución.Comisiones: Plazo pago. Comisiones: Condiciones y ajuste ley 20.611. Plazo.Liquidación de remuneraciones: Anexo comisiones, bonos, premios y otros incentivos. Contenido. Ley 20.611. Protección comisiones devengadas. Vigencia.Agentes ventas seguros, AFP, Isapres y otros. Comisiones. Condiciones para que se devenguen. Plazo pago.