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Dictámenes y Normativa

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Período

Ordinarios

Negociación colectiva; Contrato colectivo; Interpretación de Cláusula; Regla de la Conducta;

ORD. N°833

09-jun-2023

El "Bono Término de Negociación" establecido en el contrato colectivo suscrito entre la empresa Muellaje Central S.A., y el Sindicato de Trabajadores Portuarios Muellaje Central MCE, no puede ser considerado para el cálculo de la remuneración integra del feriado legal debido a la naturaleza esporádica que posee.

negociación colectiva, contrato colectivo, interpretación cláusula, regla conducta,
ORD. N°833
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