Ordinarios
Huelga; Pago de remuneraciones durante la huelga; Descuento de remuneraciones;
ORD. N°16
05-ene-2023
Durante la huelga se suspenden los efectos del contrato, en consecuencia, el empleador no se encuentra obligado a pagar en dicho período las remuneraciones y demás prestaciones del contrato, independiente de la distribución de la jornada, pues ella se encuentra mensualizada, de acuerdo a lo señalado en el cuerpo del presente informe.