Ordinarios
Estatuto de Salud; Ley N°19.378; Horas extraordinarias;
ORD. N°1073
17-jun-2022
Resulta procedente el pago de horas extraordinarias a los funcionarios regidos por la Ley N°19.378 que excedan su jornada ordinaria de trabajo, cuando ella se cumple en horario nocturno, en días sábados, domingos y festivos.