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Dictámenes y Normativa

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Período

Ordinarios

Contrato individual de Trabajo; Teleoperadores; Remuneraciones; Jornada de Trabajo;

ORD. N°628

18-abr-2022

Las remuneraciones fijas o variables de los teleoperadores deben ser acordadas por las partes y estar contenidas en el contrato de trabajo, calculándose sobre la base de parámetros individuales, objetivos y verificables, al tenor de lo preceptuado en el Art. 152 quater A del Código del Trabajo. Sin perjuicio de ello, las partes pueden acudir a la respectiva Inspección a denunciar una infracción, según lo expuesto en el presente informe.

contrato individual trabajo, teleoperadores, remuneraciones, jornada trabajo,
ORD. N°628
contrato individual trabajo, teleoperadores, remuneraciones, jornada trabajo,

Catalogación

contrato individual trabajo, teleoperadores, remuneraciones, jornada trabajo,