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Dictámenes y Normativa

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Período

Ordinarios

Sueldo Mínimo; Reajuste; Trabajador mayor 65 años;

ORD. N°1937

03-ago-2021

Para efectos del reajuste del sueldo mínimo, no es posible sostener que se es mayor de 65 año, al enterar 66 años. Aquel comienza a regir desde el día siguiente a aquel en que se cumplen 65 años. 2. El empleador no esta obligado a reajustar el sueldo base de la trabajadora por la cual se consulta, toda vez que cumplió 65 años y este hecho la posiciona en un rango etario diferenciado en la ley que reajusta el sueldo mínimo. Sin perjuicio de lo anterior, en virtud de la regla de la condición más beneficiosa, la que integra el Principio Protector en materia laboral, no es posible disminuir el sueldo base de la trabajadora debido a que, de hacerlo, se estaría vulnerando este principio orientador del Derecho del Trabajo.

sueldo mínimo, reajuste, trabajador mayor 65 años,
ORD. N°1937
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Referencias al Código del Trabajo

Capítulo I NORMAS GENERALES
Capítulo II DE LA CAPACIDAD PARA CONTRATAR Y OTRAS NORMAS RELATIVAS AL TRABAJO DE LOS MENORES
Párrafo 1º Jornada ordinaria de trabajo
Capítulo V DE LAS REMUNERACIONES

Catalogación

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