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Seguridad social, Seguro de desempleo
Seguridad social, Seguro de desempleo

Debe distinguirse entre dos situaciones distintas: 1.- Para solicitar el Seguro de Cesantía con cargo a la Cuenta Individual, se debe: - Estar cesante, condición que se debe acreditar con un documento válido, como por ejemplo el finiquito, entre otros. - Tener cotizaciones desde la fecha de afiliación o desde la fecha de cobro del último giro registrado en su cuenta individual: - 6 cotizaciones acreditadas en la cuenta si se trata de un contrato a Plazo Fijo, o - 12 cotizaciones acreditadas en la cuenta si se trata de un contrato Indefinido. 2.- Para solicitar el Seguro con cargo al Fondo de Cesantía Solidario, se debe: - Estar cesante, condición que se debe acreditar con un documento válido, como por ejemplo el finiquito, entre otros. - Registrar en la Cuenta Individual un saldo insuficiente para financiar los pagos del seguro. - Tener un mínimo 12 cotizaciones registradas en el Fondo de Cesantía Solidario (FCS) en los 24 meses antes del despido. De estas cotizaciones, las 3 últimas deben ser continuas y con un mismo empleador. - Inscribirse en la Bolsa Nacional de Empleo desde el día siguiente de haber solicitado su beneficio del Seguro de Cesantía. El plazo será de 96 horas. - Haber sido despedido por alguna de las siguientes causales del Código del Trabajo: - Vencimiento del plazo convenido en el contrato (Artículo 159 N°4). - Conclusión del trabajo o servicio que dio origen al contrato (Artículo 159 N°5). - Caso fortuito o fuerza mayor (Artículo 159 N°6). - Necesidades de la empresa (Artículo 161). - Insolvencia (quiebra) del empleador (Artículo 163 bis). (Se hace presente que la competencia en esta materia es de la Administradora de Fondos de Cesantía S.A. A.F.C y la Superintendencia de Pensiones)

Seguridad social, Seguro de desempleo
Seguridad social, Seguro de desempleo

Debe distinguirse entre dos situaciones distintas:

1.- Para solicitar el Seguro de Cesantía con cargo a la Cuenta Individual, se debe:

- Estar cesante, condición que se debe acreditar con un documento válido, como por ejemplo el finiquito, entre otros.

- Tener cotizaciones desde la fecha de afiliación o desde la fecha de cobro del último giro registrado en su cuenta individual:

- 6 cotizaciones acreditadas en la cuenta si se trata de un contrato a Plazo Fijo, o

- 12 cotizaciones acreditadas en la cuenta si se trata de un contrato Indefinido.

2.- Para solicitar el Seguro con cargo al Fondo de Cesantía Solidario, se debe:

- Estar cesante, condición que se debe acreditar con un documento válido, como por ejemplo el finiquito, entre otros.

- Registrar en la Cuenta Individual un saldo insuficiente para financiar los pagos del seguro.

- Tener un mínimo 12 cotizaciones registradas en el Fondo de Cesantía Solidario (FCS) en los 24 meses antes del despido. De estas cotizaciones, las 3 últimas deben ser continuas y con un mismo empleador.

- Inscribirse en la Bolsa Nacional de Empleo desde el día siguiente de haber solicitado su beneficio del Seguro de Cesantía. El plazo será de 96 horas.

- Haber sido despedido por alguna de las siguientes causales del Código del Trabajo:

- Vencimiento del plazo convenido en el contrato (Artículo 159 N°4).

- Conclusión del trabajo o servicio que dio origen al contrato (Artículo 159 N°5).

- Caso fortuito o fuerza mayor (Artículo 159 N°6).

- Necesidades de la empresa (Artículo 161).

- Insolvencia (quiebra) del empleador (Artículo 163 bis).

(Se hace presente que la competencia en esta materia es de la Administradora de Fondos de Cesantía S.A. A.F.C y la Superintendencia de Pensiones)

(Ver: Artículo 12 y siguientes Ley 19.728)

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Última modificación: 14/03/2025

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