Debe distinguirse entre dos situaciones distintas: 1.- Para solicitar el Seguro de Cesantía con cargo a la Cuenta Individual, se debe: - Estar cesante, condición que se debe acreditar con un documento válido, como por ejemplo el finiquito, entre otros. - Tener cotizaciones desde la fecha de afiliación o desde la fecha de cobro del último giro registrado en su cuenta individual: - 6 cotizaciones acreditadas en la cuenta si se trata de un contrato a Plazo Fijo, o - 12 cotizaciones acreditadas en la cuenta si se trata de un contrato Indefinido. 2.- Para solicitar el Seguro con cargo al Fondo de Cesantía Solidario, se debe: - Estar cesante, condición que se debe acreditar con un documento válido, como por ejemplo el finiquito, entre otros. - Registrar en la Cuenta Individual un saldo insuficiente para financiar los pagos del seguro. - Tener un mínimo 12 cotizaciones registradas en el Fondo de Cesantía Solidario (FCS) en los 24 meses antes del despido. De estas cotizaciones, las 3 últimas deben ser continuas y con un mismo empleador. - Inscribirse en la Bolsa Nacional de Empleo desde el día siguiente de haber solicitado su beneficio del Seguro de Cesantía. El plazo será de 96 horas. - Haber sido despedido por alguna de las siguientes causales del Código del Trabajo: - Vencimiento del plazo convenido en el contrato (Artículo 159 N°4). - Conclusión del trabajo o servicio que dio origen al contrato (Artículo 159 N°5). - Caso fortuito o fuerza mayor (Artículo 159 N°6). - Necesidades de la empresa (Artículo 161). - Insolvencia (quiebra) del empleador (Artículo 163 bis). (Se hace presente que la competencia en esta materia es de la Administradora de Fondos de Cesantía S.A. A.F.C y la Superintendencia de Pensiones)
Debe distinguirse entre dos situaciones distintas:
1.- Para solicitar el Seguro de Cesantía con cargo a la Cuenta Individual, se debe:
- Estar cesante, condición que se debe acreditar con un documento válido, como por ejemplo el finiquito, entre otros.
- Tener cotizaciones desde la fecha de afiliación o desde la fecha de cobro del último giro registrado en su cuenta individual:
- 6 cotizaciones acreditadas en la cuenta si se trata de un contrato a Plazo Fijo, o
- 12 cotizaciones acreditadas en la cuenta si se trata de un contrato Indefinido.
2.- Para solicitar el Seguro con cargo al Fondo de Cesantía Solidario, se debe:
- Estar cesante, condición que se debe acreditar con un documento válido, como por ejemplo el finiquito, entre otros.
- Registrar en la Cuenta Individual un saldo insuficiente para financiar los pagos del seguro.
- Tener un mínimo 12 cotizaciones registradas en el Fondo de Cesantía Solidario (FCS) en los 24 meses antes del despido. De estas cotizaciones, las 3 últimas deben ser continuas y con un mismo empleador.
- Inscribirse en la Bolsa Nacional de Empleo desde el día siguiente de haber solicitado su beneficio del Seguro de Cesantía. El plazo será de 96 horas.
- Haber sido despedido por alguna de las siguientes causales del Código del Trabajo:
- Vencimiento del plazo convenido en el contrato (Artículo 159 N°4).
- Conclusión del trabajo o servicio que dio origen al contrato (Artículo 159 N°5).
- Caso fortuito o fuerza mayor (Artículo 159 N°6).
- Necesidades de la empresa (Artículo 161).
- Insolvencia (quiebra) del empleador (Artículo 163 bis).
(Se hace presente que la competencia en esta materia es de la Administradora de Fondos de Cesantía S.A. A.F.C y la Superintendencia de Pensiones)
(Ver: Artículo 12 y siguientes Ley 19.728)
Última modificación: 07/10/2021