Si el trabajador no tiene ingresos, a lo menos por 30 días antes de ingresar a un nuevo trabajo, se debe considerar el monto correspondiente al primer mes en que esté cobrada la asignación.
Para determinar el valor de la carga familiar que le corresponde a un trabajador debe obtenerse el promedio de la remuneración y/o subsidio, o de la pensión, devengada durante el semestre comprendido entre enero y junio anterior en que se devengue la asignación, siempre que haya tenido ingresos, a lo menos, por 30 días. Si el trabajador no tiene ingresos, a lo menos, por 30 días en el período, se considera aquél correspondiente al primer mes en que esté devengada la asignación.
(Ver: Decreto con Fuerza de Ley N° 150, de 1982, Ministerio del Trabajo y Previsión Social)
Última modificación: 07/10/2021