El artículo 230 del Código del Trabajo establece que en los sindicatos interempresa y de trabajadores eventuales o transitorios, los socios pueden mantener su afiliación aunque no se encuentren prestando servicios. Ahora, cuando el legislador ha entregado la opción al trabajador para continuar afiliado al sindicato interempresa o de trabajadores eventuales o transitorios cuando ha cesado en sus labores, lo ha hecho sin someterlo a ninguna condición, lo cual significa que en dicha calidad goza de los mismos derechos y está sujeto a las mismas obligaciones que cualquier otro afiliado. De esta forma, mantiene su derecho a ser elegido director sindical de la respectiva organización aun cuando no tenga su relación laboral vigente en la medida que mantenga su condición de socio de la organización. En todo caso debe tenerse presente que lo antes dicho es sin perjuicio de lo que dispongan los estatutos de la organización sindical. Así se desprende de lo señalado por la Dirección del Trabajo mediante dictamen 2658/063 de fecha 08.07.2003.
Ahora bien, con arreglo a la doctrina vigente de este Servicio, contenida en dictamen N°1534/79, de 29.03.1997, ratificada mediante dictamen N°156/5, de 11.01.2016: «El director de un sindicato interempresa que al momento de su elección no se encuentra laborando, tiene derecho a invocar el fuero laboral al celebrar un nuevo contrato de trabajo, en la medida que en la respectiva empresa existan trabajadores afiliados a la citada organización sindical».
Para arribar a tal conclusión se tuvo en vista, en primer término, que si bien es cierto, en conformidad a la norma del artículo 230 del Código del Trabajo, los socios pueden mantener su afiliación a un sindicato interempresa aunque no se encuentren prestando servicios, de forma tal que es posible que un afiliado en estas condiciones sea elegido como dirigente sindical y, por consiguiente, le asista el derecho a fuero, no lo es menos que el sustento de una organización sindical como la de la especie radica en la pertenencia de los afiliados a dos o más empresas distintas.
Última modificación: 07/10/2021