No, salvo que las partes de común acuerdo lo convengan. En el evento de lograr un acuerdo, el empleador puede descontar el tiempo no trabajado o el trabajador puede devolver el permiso dentro de la misma semana, siempre que dicha compensación haya sido solicitada por escrito por el trabajador y autorizada por el empleador. No obstante lo anterior, los trabajadores tendrán derecho a un permiso para someterse a los exámenes médicos previstos en el artículo 66 bis del Código del Trabajo. Para el ejercicio de este derecho, los trabajadores deberán dar aviso al empleador con una semana de anticipación a la realización de los exámenes; asimismo, deberán presentar con posterioridad a éstos, los comprobantes suficientes que acrediten que se los realizaron en la fecha estipulada.
Última modificación: 07/10/2021