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FERIADO, PERMISOS
FERIADO, PERMISOS

En los casos de programas o campañas públicas de inmunización a través de vacunas u otros medios, para el control y prevención de enfermedades transmisibles, todo trabajador o toda trabajadora que se encuentre dentro de la población objetivo de dichas campañas tendrá derecho a medio día de permiso laboral para su vacunación debiendo dar aviso al empleador con al menos dos días de anticipación.

FERIADO, PERMISOS
FERIADO, PERMISOS

En los casos de programas o campañas públicas de inmunización a través de vacunas u otros medios, para el control y prevención de enfermedades transmisibles, todo trabajador o toda trabajadora que se encuentre dentro de la población objetivo de dichas campañas tendrá derecho a medio día de permiso laboral para su vacunación debiendo dar aviso al empleador con al menos dos días de anticipación. Estos permisos son considerados como trabajados para todos los efectos, por lo cual, el/la trabajador/a mantiene su derecho a remuneración y, además, debe considerar el tiempo suficiente para los traslados hacia y desde la institución médica, de acuerdo a las condiciones geográficas, de transporte y la disponibilidad de equipamiento médico necesario. En todo caso, el /la trabajador/a debe presentar con posterioridad los comprobantes suficientes que acrediten la vacunación en la fecha estipulada. Este permiso no puede ser compensado en dinero, ni durante ni al término de la relación laboral, entendiéndose por no escrita cualquier estipulación en contrario. Finalmente, si los trabajadores estuvieren afectos a un instrumento colectivo que considerare un permiso análogo, se entenderá cumplida la obligación legal por parte del empleador.

(Ver:Código del Trabajo, artículo 66 ter)

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Última modificación: 20/03/2025

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