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¿Qué tipo de conductas son consideradas acoso sexual?

Entre otras, las insinuaciones sexuales no deseadas o no consentidas, las solicitudes de favores sexuales u otra conductas verbales, no verbales o físicas de naturaleza sexual, tales como, comentarios sexuales, acercamientos físicos, caricias, abrazos, besos o intentos de realizarlas.

La característica esencial del acoso sexual es que no es deseado ni aceptado por quien lo recibe, debiendo destacarse que, la sola amenaza a cualquier aspecto asociado a la situación laboral de la persona afectada no es tolerable.

En estos casos, la creación de un ambiente de trabajo hostil y ofensivo, motivado por razón de género, se considera una conducta de violencia de género al propiciar la aparición de conductas de acoso, violencia y discriminación, que pone en riesgo la situación laboral, oportunidad y seguridad de las personas expuestas a trabajar en este tipo de ambientes.

Última modificación: 02/08/2024