De acuerdo con lo señalado en el artículo 207 ter, los derechos que correspondan a la madre trabajadora referidos a la protección a la maternidad regulados en el Título "De la protección a la maternidad y la paternidad y la conciliación de la vida personal, familiar y laboral" son aplicables a la madre o persona gestante, con independencia de su sexo registral por identidad de género. A su vez, los derechos que se otorgan al padre en el mismo Título también son aplicables al progenitor no gestante.
Última modificación: 19/07/2024