Las resoluciones por medio de las cuales la Dirección del Trabajo autorizó jornadas excepcionales continuarán vigentes hasta la fecha de término de la propia resolución, pudiendo el empleador, si así lo desea, solicitar a la autoridad de la cual emanó la resolución su modificación para ajustarse a los nuevos parámetros legales.
(Ver: Artículo Cuarto Transitorio, Ley 21.561)
Última modificación: 22/04/2024