Transcurrido el plazo estipulado en el Código del Trabajoel D.S. N°14 de 2023, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, el empleador o empleadora que no registre el término de contrato de trabajo en el sitio web de la DT, estará incumpliendo una obligación legal y podrá ser sancionado.
Última modificación: 16/06/2023