El empleador y empleadora deben ingresar en el Registro de Término de Contrato de Trabajo la identificación de las partes, causal de término de contrato invocada, fundamentos del despido y fecha de término de la relación laboral. En el caso de invocar alguna de las causales de término del artículo 161 del Código del Trabajo, además, se deberá registrar la información correspondiente a la cantidad autorizada por la AFC para ser descontada de la indemnización (campo "Descuento Saldo AFC").
Tratándose del registro individual, los fundamentos del despido sólo deben señalarse respecto de las causales contempladas en los artículos 160 y 161 del Código del Trabajo.
Última modificación: 02/05/2024