Contenido principal

Centro de consultas

En el caso de los trabajadores en régimen de subcontratación, será el contratista o subcontratista, según corresponda, el que deberá contratar el seguro.
(Ver: Ley N°21.342, artículo 13; Dictamen N°1702/21 de 23.06.2021)

Última modificación: 14/03/2025