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El artículo primero transitorio de la ley 21.220 establece que, dentro de tres meses, contados desde la entrada en vigencia de la ley, las empresas deberán ajustarse a los términos de la ley.

El artículo primero transitorio de la ley 21.220 establece que, dentro de tres meses, contados desde la entrada en vigencia de la ley (01/04/2020), las empresas deberán ajustarse a los términos de la ley.
(Ver: Ley 21.220, artículo primero transitorio)

Última modificación: 14/03/2025